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Derechos del trabajador despedido estando de baja médica

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Despedir a un trabajador durante una baja médica suele generar incertidumbre y dudas sobre la legalidad del despido y las vías de defensa. Aunque formalmente la Ley del Estatuto de los Trabajadores no prohíbe el despido en situación de incapacidad temporal, la jurisprudencia ha gravitado hacia la protección del empleado cuando la verdadera causa del cese está vinculada a su problema de salud.

En esta guía, que recoge la doctrina más reciente, te explico tus derechos, el procedimiento a seguir y casos prácticos para que afrontes la situación con conocimiento de causa.

Fundamento legal y límites al despido en baja médica

En primer lugar, conviene recordar que el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores regula el despido disciplinario y el artículo 52 el despido objetivo, pero ninguno excluye expresamente la baja médica como motivo. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha sentado doctrina: cuando la baja médica se utiliza como pretexto para despedir, el despido puede ser calificado de nulo, ya que vulnera derechos fundamentales como la integridad física y moral.

En particular, la STS 1305/2019 subrayó que “no es admisible que una empresa aproveche un período de incapacidad temporal para eliminar un puesto de trabajo amparándose en causas objetivas vacías de contenido real”.

Pasos inmediatos tras la notificación del despido

Nada más recibir la carta de despido, resulta esencial actuar con rapidez. En primer lugar, debes solicitar por escrito la carta de despido si no la has recibido, pues su contenido determinará la vía —disciplinaria, objetiva o improcedente— y tus argumentos de defensa. A continuación, conviene recopilar y organizar:

  • Partes médicos de baja y alta, incluyendo informes de la mutua o del INSS.
  • Comunicaciones mantenidas con la empresa (correos, WhatsApp corporativo).
  • Convenio colectivo aplicable y normativa interna de la empresa.

Con esa documentación, acude al SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) para presentar la papeleta de conciliación en 20 días hábiles. Si no hay acuerdo, pasarás a la demanda en el Juzgado de lo Social.

Demanda ante el Juzgado de lo Social: estructura y pruebas

En la demanda debes exponer hechos, fundamentos jurídicos y pruebas. No obstante, la clave radica en demostrar que la causa real del despido fue tu baja. Entre los argumentos más eficaces se encuentran:

  • Desfase temporal: si el despido se produce justo al iniciar o poco antes de la baja, es un indicio de falta de causalidad objetiva.
  • Comparativa con otros casos: si la empresa mantuvo a otros trabajadores con ausencias similares, muestra discriminación.
  • Informe de médicos: solicita un informe pericial que acredite la imposición de la baja y su duración real.

Generalmente, es recomendable acompañar la demanda de un recurso documental con fecha cierta (burofaxes, notificaciones electrónicas) y solicitar la práctica de prueba testifical para que compañeros relaten el contexto y la situación real del puesto.

Diferencias entre nulidad e improcedencia

En caso de sentencia favorable, el Juez puede declarar:

  • Nulidad: obliga a tu readmisión inmediata y al pago de los salarios de tramitación desde el despido hasta la reincorporación. Además, admite indemnización por daño moral si existe vulneración grave (art. 124.2 ET).
  • Improcedencia: reconoce que no existía una causa válida y permite elegir entre readmisión o indemnización, que asciende a 33 días por año trabajado (hasta 24 mensualidades).

La opción de readmisión es más frecuente en despidos nulos, mientras que en los improcedentes la empresa suele preferir la vía indemnizatoria.

Pongamos el ejemplo de Luis, operario en una fábrica de Zaragoza, que sufre una lesión de espalda y permanece de baja durante nueve meses. En el mes 8, recibe un despido objetivo por “reducción de plantilla”. Al interponer demanda, el Juzgado declara nulo el despido basándose en la STS 1305/2019, argumentando que la baja era la causa real. Luis recupera su puesto y percibe 8 meses de salarios de tramitación más 5.000 € por daños morales.

Compatibilidad de prestaciones y cotizaciones

Aunque estés despedido, tu derecho a la incapacidad temporal se mantiene hasta recibir el alta médica, ya que la mutua o el INSS continúan abonando la prestación. Una vez extinguida la baja, podrás solicitar la prestación por desempleo si tienes cotizado al menos 360 días en los últimos seis años. Asimismo, conviene solicitar un certificado de períodos de cotización en la Seguridad Social para garantizar que no existan lagunas que afecten a prestaciones futuras.

Consejos para reforzar tu defensa

Actúa cuanto antes: no esperes a recibir la carta de despido por correo; acude personalmente al departamento de Recursos Humanos si es necesario.

  • No firmes finiquitos ni documentos sin leer; podrías renunciar a derechos esenciales.
  • Documenta con precisión cada parte de baja, incluyendo las visitas a la mutua y prórrogas.
  • Consulta la jurisprudencia local en tu Audiencia Provincial, porque algunas han reconocido cuantías adicionales por daño moral cuando la baja era prolongada.
  • Valora un informe pericial económico para cuantificar tu perjuicio, ya que resulta muy persuasivo ante el Juez.

Recursos y apoyo

En caso de necesitar asesoramiento, puedes acudir a:

  • Sindicatos (CC OO, UGT), que ofrecen orientación y defensa gratuita.
  • Despachos especializados en Derecho Laboral, muchos de ellos con primera consulta sin coste.
  • Oficinas de atención al trabajador en tu Ayuntamiento o en la Delegación de Trabajo, donde se realizan orientaciones e incluso ayudan a redactar la papeleta de conciliación.

Aunque la ley permite el despido en baja médica, la falta de causa real y la discriminación por motivo de salud convierten ese despido en nulo o improcedente. Con un planteamiento rápido en conciliación, una demanda bien fundamentada y el apoyo de la jurisprudencia, podrás lograr tu readmisión, la indemnización correspondiente y la recuperación de salarios no percibidos.

Defiende tus derechos: la normativa y los tribunales respaldan al trabajador que sufre un despido injustificado en situación de incapacidad temporal.

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